Colombia autoriza la compra de vacunas por parte de empresas privadas
La compra solo se podrá hacer a las casas matrices de los fabricantes o con distribuidores aprobados por el Invima.
Mientras avanza el plan de vacunación masiva en el país, el Gobierno firmó el martes 20 de abril la resolución 507 del 19 de abril de 2021 que permite al sector privado la compra de vacunas contra el COVID-19.
Resolución 507 de 2021 que autoriza la compra y aplicación de vacunas por privados. @MinSaludCol @infopresidencia pic.twitter.com/MxkgUNRHGa
— Fernando Ruiz (@Fruizgomez) April 21, 2021
Los biológicos no podrán ser vendidos y fue enfático en decir que su aplicación debe ser gratuita, como se estableció en el Programa Nacional de Vacunación. (Nuevos grupos de priorizados entrarían en próximas etapas de vacunación)
Para hacerlo deben cumplir con estos requisitos
Fueron establecidos los requisitos para la importación, adquisición y aplicación de vacunas contra la COVID-19 por parte de privados. El ministro @Fruizgomez explicó en #PrevenciónYAcción las condiciones que determinó el @MinSaludCol, a través de la resolución 507 de 2021. pic.twitter.com/0MriKbXRw1
— MinSaludCol (@MinSaludCol) April 20, 2021
Para que se puedan importar vacunas, el Gobierno definió, entre otros, los siguientes requisitos
- Solo se podrán adquirir vacunas que tengan la autorización por parte del Invima para uso de emergencia.
- Las vacunas no podrán ser vendidas, serán de aplicación gratuita.
- Tendrán que ser en consonancia y concordancia con el Plan Nacional de Vacunación.
- Deberá tener una logística en términos de refrigeración y transporte.
- La aplicación no podrá distraer recurso humano que ya esté trabajando en el Plan Nacional de Vacunación, deberán contratar nuevo personal.
- La adquisición solo podrá hacerse a través de la casa matriz de la farmacéutica o a través de distribuidores autorizados por el Invima.
- La aplicación de las dosis solo podrá hacerse a través de las empresas prestadoras de salud habilitadas por el Gobierno.
¿Qué empresas privadas podrán comprar las vacunas y por qué?
La resolución indica que autoriza la importación, adquisición y aplicación de vacunas contra el COVID-19 por parte de personas jurídicas de derecho privado o de personas jurídicas con participación pública que se rijan por el derecho privado, según lo indica el Artículo 1 de la resolución en cuestión.
Además se establece que para poder adquirir vacunas por parte del sector privado las compañías que decidan hacer parte del proceso de importación deben garantizar y cumplir con todos los requisitos establecidos por el Ministerio de Salud que han sido implementados con el propósito de garantizar la equidad y seguridad a la hora del ingreso al Plan Nacional de Vacunación. (Arranca vacunación de mayores de 65 a 69 años y en mayo comenzará la de maestros)
¿Qué personas podrán ser vacunadas por parte de empresas privadas?
Todas las personas que tengan un vínculo laboral con la empresa que decida participar en la importación de las dosis inmunizantes deberán ser vacunadas sin excepción alguna. La resolución establece que no se podrán realizar vacunaciones parciales sobre el personal de las compañías y, el acceso a la vacunación tendrá que ser gratuito para los beneficiarios de cada personería jurídica.
¿Cómo va la vacunación en Colombia?
Las cifras entregadas por Victor Muñoz, director del Departamento Administrativo de la Presidencia (Dapre), dan cuenta de un número de vacunados que a fecha del martes 20 de abril completó 3,7 millones de dosis aplicadas y se espera que al finalizar la semana se logre la meta de 4 millones de personas inmunizadas.
Según las estadísticas, cada semana se aplican unas 650.000 dosis y a medida que lleguen más, la velocidad se irá incrementando y para poder sobrepasar las 200.000 vacunas por día.