Prohíben en Colombia la importación y exportación de asbesto
El presidente firmó el decreto para establecer las disposiciones correspondientes en la protección de trabajadores y colombianos.
Colombia dio un paso importante en la lucha contra el asbesto luego de que el presidente Iván Duque firmó el Decreto 0402, del 16 de abril de 2021, que establecen disposiciones relacionadas con la prohibición de la importación y exportación de cualquier variedad de asbesto y de los productos con él elaborados en el territorio nacional, de que trata la Ley 1968 de 2019. (Así es la estrategia de Colombia para combatir el cambio climático)
Adiós al asbesto en Colombia
El mandatario explicó, en su cuenta de Twitter, que junto a Ministerio de Comercio se expidió el Decreto que aplica a toda persona natural o jurídica, de naturaleza pública o privada, nacional o extranjera, que realice actividades de importación o exportación de cualquier variedad de asbesto y de los productos elaborados con este material, hacia o desde y dentro del territorio nacional. La fecha para prohibirlo del todo quedó establecida. (Emiratos Árabes Unidos aporta a Colombia 10 millones de dólares para reactivación de mipymes)
“La Ley 1968 o Ley Ana Cecilia Niño, en homenaje a esta luchadora contra el uso del asbesto, prohíbe producción y utilización de estos productos, por lo que desde el 1 de enero de 2021 no se pueden instalar y utilizar, a pesar de que se hayan importado antes de la vigencia”, añadió el presidente por medio de sus redes sociales acerca del comercio de asbesto.
El Presidente @IvanDuque firmó el decreto por medio del cual se establecen disposiciones relacionadas con la prohibición de la importación y exportación de cualquier variedad de asbesto y de los productos con él elaborados en el territorio nacional.
–>> https://t.co/wPku26WdE1 pic.twitter.com/5d5dhQUcT3
— Presidencia Colombia 🇨🇴 (@infopresidencia) April 17, 2021
En la norma se señala que las autoridades administrativas y de control deberán actuar dentro del ámbito de sus competencias para controlar y coadyuvar a que las actividades prohibidas relacionadas con cualquier variedad de asbesto y de los productos con él elaborados no ocurran en el territorio nacional.
El Decreto también establece que el asbesto y los productos con él elaborados que hayan sido importados e instalados antes del primero de enero de 2021 serán objeto de la política pública de sustitución a que se refiere la Ley 1968 de 2019. Por lo tanto, a partir de esa fecha no podrán instalarse y utilizarse dichos materiales aun cuando hayan sido importados, embarcados e ingresados a zona franca con anterioridad a la entrada en vigencia del presente Decreto. (Colombia se afianza como el tercer mayor productor mundial de aguacate hass)
La Ley 1968 de 2019 estableció la prohibición de la explotación, producción, comercialización, importación, distribución o exportación de cualquier variedad de asbesto y de los productos con él elaborados en el territorio nacional, a partir del primero de enero de 2021.
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