Padres: lo que deben saber del regreso a clases presenciales
La medida aplica en educación inicial, básica, media, superior y los servicios ofrecidos por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.
En la resolución 777 del Ministerio de Salud, se notificó que el país volvería a una normalidad bajo normas de autocuidado por lo que colegios y universidades reabrirán sus puertas a partir del 15 de julio. Por esta razón, el Ministerio de Educación notificó las directrices que se deben tener en cuenta para este regreso.
Todos los maestros y directivos docentes se encuentran priorizados para recibir su vacuna y en compañía de las medidas de bioseguridad, permitirán el regreso seguro a las aulas tanto a maestros como estudiantes.
“La resolución 777 estableció que corresponde a las Secretarías de Educación de las entidades territoriales certificadas organizar el retorno a las actividades académicas presenciales de los docentes, directivos docentes, personal administrativo y personal de apoyo logístico que hayan recibido el esquema completo de vacunación y de quienes hayan decidido autónomamente no vacunarse”, especifica el Ministerio de Educación.
Medidas de bioseguridad para el regreso a clases
El ministerio ha preparado algunas consideraciones más puntuales para el regreso a clases presenciales de los estudiantes, además de las que se han aplicado en todo el país como el uso de tapabocas, distanciamiento social, lavado de manos entre otros. (Estudiantes de secundaria descubren cuatro exoplanetas a 200 años luz de la Tierra)
- Mantener la estrategia de cohorte o burbuja organizando grupos fijos de niñas, niños y adolescentes.
- Evitar aglomeraciones a la entrada y la salida de las instituciones, en la compra o distribución de alimentos.
- Escalonar los tiempos de comida y descanso, privilegiando espacios al aire libre o espacios con adecuada ventilación para el consumo de alimentos.
- Privilegiar el uso de juguetes y materiales pedagógicos de fácil limpieza.
- Extremar las prácticas de cuidado para evitar el contagio de COVID-19 ante la presencia de alguna comorbilidad en los niños. Se recomienda utilizar preferiblemente mascarillas/tapabocas quirúrgicos.
- Evaluar las particularidades y capacidades de cada niño, niña y adolescente con discapacidades, capacidades y talentos excepcionales o trastornos del comportamiento para seguir las medidas básicas de bioseguridad.
Transporte escolar
- Usar siempre tapabocas.
- Promover la apertura de ventanas de forma permanente en los vehículos que lo permitan, y en los que no sea posible, activar los sistemas de aire acondicionado en modo no recirculación de aire.
- Mantener silencio en lo posible. No hablar por celular en los desplazamientos.
- Evitar el consumo de alimentos y bebidas.
La norma tendrá algunas excepciones
Aunque el Decreto establece que todos los colegios deben operar de manera presencial, existirán algunos casos en los que se permitirá aplicar el modelo de alternancia como cuando en un aula se supere el aforo de estudiantes o cuando exista algún contagio.
Además, aquellos estudiantes que tengan alguna condición médica como asma que les pida utilizar el tapabocas para realizar actividades con normalidad debe evitar su uso. Los niños menores de dos años tampoco deben utilizarlo por riesgo de asfixia. (Vacunación para personas mayores de 40 años iniciaría la próxima semana)
La decisión de enviar a los niños al colegio sigue siendo de los padres
La ministra de Educación, María Victoria Ángulo, aseguró que es una decisión de los padres de familia y, por lo tanto, el ministerio seguirá trabajando junto a los padres para atender inquietudes y darles tranquilidad. (Colombia tendrá la primera universidad especializada para ser guarda de seguridad)
Por otro lado, según los cálculos del Gobierno, para las primeras semanas de julio, los docentes deberían comenzar a tener las segundas dosis de sus vacunas contra el COVID-19 y deben asistir a dictar clases. De no hacerlo, los docentes tendrán el riesgo de no recibir el salario por los días no laborados de manera presencial sin justificación alguna, e incurrir en faltas disciplinarias por no cumplir con las finalidades de su cargo y el cumplimiento de sus deberes.
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