Así se reconocerán las licencias de maternidad y paternidad en el país
La normatividad, según la Resolución 1427, reconoce el pago de las licencias e incapacidades.
En Colombia, mediante la Resolución 1427 se han establecido las reglas para la expedición, reconocimiento y pago de las licencias de maternidad y paternidad. Incluyen las incapacidades de origen común, incluso si son superiores a 540 días.
En total, son 18 semanas que la ley entrega a una mujer que tiene un hijo en Colombia, debe ser pagado por el empleador y reconocida por la EPS. (37 bebés colombianos llevan primero el apellido materno)
Decreto 1427/2022 Reglamenta prestaciones económicas del SGSS en salud. Licencia de maternidad, paternidad, incapacidad de origen común. Revisión periódica de incapacidad y concepto de rehabilitación. Incapacidades superiores a 540 días https://t.co/XALBREKcde pic.twitter.com/vlhR4xw16f
— NormativaColombia (@NormatividadCEL) August 2, 2022
Tanto un contrato por prestación de servicios, como un contrato de trabajo, tienen beneficio de esta licencia de maternidad. Por lo tanto, toda mujer que dé a luz a un hijo y que tenga una relación laboral tendrá acceso según la norma. (Los nombres más comunes para bebés en Colombia)
Para las madres que deciden adoptar un bebe también existe este beneficio, ya que la licencia iniciará el día que el hijo adoptado le es entregado oficialmente.
Con el fin de reconocer y pagar exitosamente siguiendo los parámetros de la ley, las mujeres deben cumplir con las siguientes condiciones:
1. Estar afiliada al Sistema General de Seguridad Social en Salud, como cotizante y en estado activo.
2. Haber efectuado aportes durante los meses que correspondan al período de gestación.
3. Contar con el certificado de licencia de maternidad expedido por el médico de la entidad promotora de salud.
Licencia de paternidad deberá ser disfrutada durante los 30 días siguientes a la fecha de nacimiento o entrega del menor: @MinSaludCol https://t.co/5P2AvTvk4T
— Ámbito Jurídico (@Ambitojuridico) August 2, 2022
La madre contará con derecho a una licencia de dos o cuatro semanas, de acuerdo con el criterio médico, remunerada con el salario que se encuentre obteniendo en el momento.
El médico tratante será el encargado de realizar la expedición del certificado de licencia de maternidad en un plazo no mayor a tres días después del nacimiento del bebé.
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