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EPS debe cubrir gastos de transporte para niños de bajos recursos en estos casos

Aquellos pequeños que tengan alguna discapacidad cognitiva, deben contar con este servicio.

La Corte Constitucional, ha advertido que las Empresas Promotoras de Salud (EPS) tienen la responsabilidad de garantizar los servicios de transporte intraurbano cuando se trata de menores que padecen algún déficit cognitivo. 

El alto tribunal reiteró que las EPS están encargadas de proteger el derecho a la salud de todos los ciudadanos, incluyendo el acceso a los servicios de transporte para personas de escasos recursos, especialmente cuando se trata de menores con enfermedades cognitivas.

“La protección reforzada de los niños que padecen algún déficit cognitivo también se fundamenta en su diagnóstico, ya que sus condiciones representan una situación de vulnerabilidad que dificulta el ejercicio de sus derechos fundamentales”, aclaró la corporación al conocer el caso de dos niños con autismo que requieren asistir a terapias de fonoaudiología, neurología, pediatría y psiquiatría. Los padres de estos menores no cuentan con los recursos económicos para solventar los traslados necesarios.

¿Se aplica en todos los casos?

La Corte Constitucional ha destacado que si bien el servicio de transporte en muchas ocasiones está destinado exclusivamente a aquellos que presentan patologías crónicas, existen casos en los que se extiende a los familiares cercanos debido a la complejidad del estado de salud del menor. 

En este sentido, se resalta la importancia de brindar un apoyo integral a estos niños, no solo en términos de atención médica, sino también en lo referente a los desplazamientos necesarios para acceder a dicha atención.

La decisión de la Corte enfatiza la obligación de las EPS de garantizar los servicios de transporte intraurbano para menores con déficit cognitivo, reconociendo la importancia de superar las barreras de acceso a la salud que enfrentan estas familias. Se busca asegurar que estos niños reciban la atención médica necesaria y se les brinde la oportunidad de ejercer plenamente sus derechos fundamentales.

Esta determinación representa un avance significativo en la protección de los derechos de los menores en Colombia. Al asegurar el acceso a los servicios de transporte, se busca reducir las desigualdades y brindar igualdad de oportunidades para que estos niños puedan recibir la atención médica especializada que requieren.

La Corte Constitucional hace un llamado a las EPS y a todas las entidades involucradas en la prestación de servicios de salud para que cumplan con esta obligación y garanticen el transporte en estos casos.

Redaccion

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